Este artículo será un poco corto e impreciso. Sin embargo, unos amigos me animaron a ponerlo en un lugar fácil de encontrar, así que espero que sirva de ayuda. Mi objetivo aquí no es demostrar que los reformados holandeses son realmente anglicanos. Tampoco estoy comentando el desarrollo posterior entre las iglesias holandesas. La primera afirmación sería un divertido trabajo de troll, pero obviamente es una confusión de muchas cuestiones. Una clara diferencia entre los reformados holandeses y los anglicanos es la afirmación de los primeros de la paridad de los ministros y el papel del consistorio en lugar de un obispo. Un estudio de la evolución histórica posterior sería fascinante, pero está fuera de mi área de conocimiento. No, mi humilde intención aquí es simplemente señalar algunas características interesantes del Orden Eclesiástico de Dort y mostrar cómo pone de relieve ciertos puntos de continuidad con la práctica anglicana de la Reforma. También complica algunos de los argumentos teológicos anti-anglicanos que suelen esgrimirse.
En primer lugar, brevemente, el Orden Eclesiástico de Dort fue un documento elaborado por el famoso Sínodo de Dort. Como usted, querido lector, seguramente sabe, fue aquí donde el arminianismo fue derrotado y los protestantes holandeses establecieron una confesión nacional más completa de lo que quizás había sido oficial anteriormente. Dort también ocupa un poderoso lugar simbólico para los cristianos “reformados” de diversas tradiciones. Se supone que es allí donde se originaron los “5 puntos del calvinismo“, aunque la historia es un poco más complicada. Aun así, no se puede tachar a Dort de insuficientemente reformado. Su Orden Eclesiástico funciona de forma muy parecida a los “Libros de Orden Eclesiástico” presbiterianos. Para los anglicanos, es similar al Libro de Oración Común. Pero también es como las diversas leyes canónicas de Isabel, Jacobo y otros monarcas y parlamentos. Tiene reglas para la política y la liturgia. ¿Y mencioné que es reformado?
Entonces, ¿cuáles son estas “cosas que suenan anglicanas” en Dort? Dos ejemplos:
Días festivos
El artículo 67 establece:
Las Iglesias observarán, además del domingo, también la Navidad, la Pascua y Pentecostés, con el día siguiente, y considerando que en la mayor parte de las ciudades y provincias de los Países Bajos se observan también el día de la Circuncisión y el de la Ascensión de Cristo, los Ministros de todos los lugares donde esto no se haga todavía, harán gestiones ante el Gobierno para que se conformen con los demás.
Esta directriz es importante por varias razones. La primera es simplemente señalar que se prescribían ciertos días festivos (no simplemente se toleraban o permitían). Las iglesias debían celebrar cultos los domingos, el día de Navidad, el domingo de Pascua y el domingo y lunes de Pentecostés. Además, debían celebrarse cultos en los días de la Circuncisión y la Ascensión de Cristo, y si en determinadas regiones no se celebraban ya esos dos días, se ordenaba a los ministros que colaboraran con el gobierno civil para introducirlos. Así pues, además de los días festivos, existe una especie de colaboración entre las autoridades eclesiásticas y civiles para que se introduzcan y se cumplan.
Este no es un calendario eclesiástico tan extenso como el que tenía la Iglesia de Inglaterra, pero sigue siendo un calendario litúrgico que sería aplicable a todas las iglesias de la comunidad eclesiástica. El Artículo 34 de la Iglesia de Inglaterra permite a las distintas iglesias nacionales decidir sobre sus ceremonias, por lo que la diferencia en los detalles no es un problema para los anglicanos. Lo importante es el principio de que la iglesia y el estado pueden ordenar días festivos. En este punto, Dort está de acuerdo con los anglicanos.
Entendido en términos presbiterianos estrictos (de la variedad más antigua, no de expresiones estadounidenses posteriores), esto es totalmente inaceptable. Viola el entendimiento particular del Principio Regulativo (Dort también permite el canto de cánticos como el Magnificat, Benedictus, y Nunc Dimittis en el servicio, véase Orden de Dort Art. 69) y constituiría una restricción de la libertad cristiana, ya que estos servicios no son opcionales. En términos anglicanos, sin embargo, este artículo es perfectamente razonable, ya que es una expresión de la autoridad divina en la promoción de la piedad, la edificación y el orden.
Padrinos
El artículo 57 es mucho menos explosivo, pero sigue siendo útil para destacar el papel de la tradición y la costumbre a los ojos de los reformados holandeses. Dice:
Y en las Congregaciones donde se toman Padrinos o Testigos en el Bautismo además del padre (costumbre que, no siendo objetable en sí misma, no se cambia fácilmente) es apropiado que se tomen aquellos que estén de acuerdo con la pura doctrina y sean piadosos en su conversación.
Los “padrinos o testigos” son similares a los padrinos ingleses. Estas son personas, además de los padres naturales, que son designadas para el niño que está siendo bautizado y prometen ayudar en su crianza y educación religiosa. Dort no prescribe padrinos, pero señala que tal costumbre está comúnmente presente y no es objetable. Por lo tanto, Dort sugiere mantener la práctica, pero asegurarse de que los candidatos sean aptos para el trabajo.
Conclusión
Como se reconoció anteriormente, hay otras partes del Orden Eclesiástico de Dort que no suenan muy anglicanas en absoluto. Algunos puntos difieren ligeramente. Otros, dramáticamente. Sin embargo, es importante identificar los puntos de acuerdo sorprendentes. Esto demuestra que las simples categorías de opuestos no funcionan. No es tan simple como “Reformados” vs. Anglicanos y Luteranos en cuestiones de liturgia. Ni siquiera la distinción entre Anglicanos y “Reformados Continentales” sirve. En cambio, se ven lugares donde los Anglicanos y los Holandeses están de acuerdo entre sí y en desacuerdo con los Presbiterianos y otros Puritanos.
Si estos asuntos son instancias de ley divina absoluta, entonces tales desacuerdos presentan obstáculos importantes para cualquier unidad general. Sin embargo, si estos asuntos son cuestiones de ley humana y costumbre, entonces la diversidad e incluso las sorpresas son algo que se espera en cierta medida. Las sociedades humanas, incluso las eclesiásticas, simplemente hacen este tipo de cosas. Es bastante natural. Podemos cambiar, o no podemos cambiar, y ninguna de las decisiones es cuestión de pecado vs. rectitud, sino más bien una supervisión sabia en una situación contingente. El objetivo es la fidelidad a todos los mandatos, incluyendo el orden, la piedad y la edificación en el amor.
Este breve estudio de caso muestra lo estratificada que puede ser la taxonomía protestante, y pone de relieve ciertos principios fundacionales de la autoridad eclesiástica y la costumbre compartidos por los anglicanos y los antiguos reformados holandeses.
Como prometí, eso es todo lo que tengo por ahora. Más cosas se estudiarán y dirán en el futuro.
Este artículo fue publicado originalmente en Ad Fontes Journal y ha sido traducido con el permiso del Pastor Steven Wedgeworth. Puede escuchar sus sermones aquí. Ad Fontes Journal es una publicación de The Davenant Institute, una insitución que busca recuperar la riqueza del protestantismo clásico para renovar y edificar la Iglesia contemporánea.1Los links que redirigen al lector a otros artículos de este sitio web no hacen parte del artículo original.
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