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Catolicismo Reformado

Si escuchamos el ensordecedor bullicio de algunos autoproclamados protestantes, el teólogo medieval Tomás de Aquino debería quedar relegado al basurero de la historia porque su doctrina está en oposición a las enseñanzas de las Escrituras y las solas de la Reforma. En una serie de cuestiones que van desde la fe y la razón hasta la salvación y las últimas cosas, es mejor olvidar a Aquino. Aunque algunos hacen estas afirmaciones, cuando indagamos en las apreciaciones de varios teólogos protestantes de principios de la modernidad, surge un panorama muy distinto. En lugar de una teología de la cancelación, los teólogos de la modernidad temprana matizaron su doble apropiación de Aquino. Por un lado, rechazaron las enseñanzas que contradecían las Escrituras. Por otro, emplearon positivamente enseñanzas esclarecedoras.

Para ilustrar y confirmar esta afirmación, este breve ensayo examina las continuidades que hay entre John Owen (1616-83), la Asamblea de Westminster y el Sínodo de Dort con Aquino en la doctrina de la salvación. Estos teólogos y asambleas eliminaron las problemáticas enseñanzas de la justicia infusa en relación con la justificación, pero conservaron la enseñanza de Tomás sobre los hábitos infusos para la doctrina de la santificación. Este ensayo procede primero a examinar la doctrina de Aquino, luego explora cómo teólogos reformados como John Owen utilizaron sus categorías de un modo matizado, y finalmente evalúa los beneficios de una cuidadosa recuperación de Aquino.

Aquino sobre la justificación

En su Summa Theologicae, Aquino propone que la doctrina de la justificación consta de cuatro partes: (1) la infusión de la gracia, (2) el movimiento del libre albedrío hacia Dios por la fe, (3) el movimiento del libre albedrío en contra del pecado, y (4) la remisión del pecado.

La infusión de la gracia es la causa de todo lo demás que sigue en la justificación.1Tomás de Aquino, Summa Theologica (Allen, TX: Christian Classics, 1948), IaIIae 133.8. De acuerdo con Aquino, la infusión de la gracia es la implantación de un hábito, o disposición, divinamente dado.2Aquino, Summa Theologica, IIaIIae 4.1 Aquino distinguió el hábito adquirido, lo cual es algo que Aristóteles argumentaba era el resultado del entrenamiento. En otras palabras, se adquiere el hábito (o disposición) de jugar bien a los bolos cuanto más se practica el deporte. Sin embargo, teólogos medievales como el Aquinate distinguían entre un hábito adquirido y un hábito infuso. Un hábito adquirido procede del interior del ser humano, mientras que un hábito infuso procede del exterior, de Dios. Por la gracia de Dios, el Espíritu infunde un hábito de fe justificadora en una persona para que esté positivamente dispuesta a la justicia. Según Aquino, la justicia de la fe puede aumentar o disminuir.3Aquino, Summa Theologica, IaIIae, 52.1; 53.2.

Las personas reciben este hábito de fe infuso en el bautismo, aumentan y crecen en justicia, hasta que son realmente justas y quedan así finalmente justificadas por Dios. En resumen, a diferencia de los protestantes posteriores, Aquino no distingue entre justificación (el acto legal forense) y santificación (la obra de la gracia de Dios por la que nos conforma a la imagen de Cristo).

La recuperación de Aquino por John Owen

A pesar de que Aquino entremezclaba justificación y santificación, teólogos protestantes como John Owen adoptaron un enfoque matizado de su doctrina de la justificación. Owen rechazó la idea de la justicia infusa para la justificación. Él, al igual que otros teólogos protestantes, creía que las Escrituras enseñan que Dios justifica a los pecadores por la justicia imputada de Cristo y no por la justicia infusa. Pero solo porque rechazara la justicia infusa en la justificación no significa que rechazara totalmente tal categoría. Owen escribe:

Ellos conceden que hay un bito infuso habitual de Gracia el cual es la causa formal de nuestra Justicia personal inherente. Pero niegan que Dios perdona nuestros pecados y justifica al hombre con respecto a esta justicia como causa formal de la misma. Más aún, niegan que en la Justificación de un pecador haya o pueda haber alguna causa formal que le sea inherente. Y lo que entienden por causa formal en nuestra Justificación es solamente aquello que da denominación al sujeto, tal como la Imputación de la Justicia de Cristo hace a una persona [el que sea] justificada.4John Owen, The Doctrine of Justification fy Faith Through the Imputation of the Rightouesness of Christ (London: R. Boulter, 1677),  82.

Owen reconoce que los teólogos reformados afirman la realidad de un hábito de gracia infuso y que esta justicia infusa es la causa formal de la justicia inherente de una persona. Sin embargo, estipula que esta justicia inherente no es el fundamento jurídico de la justificación del creyente. Más bien, la perfecta justicia imputada de Cristo es el fundamento legal y la causa formal de la justificación de una persona. ¿Cómo consigue Owen mantener unidos los conceptos de justicia imputada e infusa? ¿Cómo combina esta categoría tomista del hábito infuso de justicia con la enseñanza de la Reforma de la justificación por la justicia imputada de Cristo?

La tradición confesional reformada arroja más luz sobre la compatibilidad entre los hábitos de justicia imputada e infusa. La explicación de la Confesión de Westminster sobre la justificación rechaza el concepto de justicia infusa (11.1).5Todas las citas confesionales proceden de Jaroslav Pelikan y Valerie Hotchkiss, eds., 3 vols. (New Haven, CT: Yale University Press, 2003). Al hacerlo, la Confesión explica:

La fe, que de este modo recibe y descansa en Cristo y en su justicia, es el único instrumento de justificación; sin embargo, no está sola en la persona justificada, sino que siempre va acompañada de todas las demás gracias salvíficas, y no es una fe muerta, sino que obra por amor» (11.2).

La Confesión reconoce que los «actos principales de la fe salvífica son aceptar, recibir y descansar solamente en Cristo para la justificación, la santificación y la vida eterna. (14.2).

Pero al mismo tiempo la fe «obra por el amor» (11.2). En otras palabras, en la justificación, la fe es pasiva pues recibe la justicia imputada de Cristo, pero en la santificación es activa y obra por el amor (Gal. 5:6). El Catecismo Mayor de Westminster explica la distinción entre justificación y santificación cuando pregunta en qué se diferencian:

Aunque la santificación está inseparablemente unida a la justificación, difieren en que Dios, en la justificación, imputa la justicia de Cristo; en la santificación, su Espíritu infunde la gracia y capacita para el ejercicio de ella. (P. 77).

En la definición de santificación que da el Catecismo Mayor, los divinos siguen empleando el lenguaje de los hábitos infusos cuando escriben:

Teniendo ellos [los elegidos] las semillas del arrepentimiento para vida, y todas las otras gracias salvíficas, puestas en sus corazones, y esas gracias de tal manera avivadas, aumentadas y fortalecidas, que mueren más y más al pecado, y resucitan a una nueva vida. (P. 75).

Esto suena muy parecido a la doctrina de Aquino sobre la justificación, según la cual el creyente aumenta en justicia, pero la diferencia aquí es que este crecimiento no es un factor en la justificación, la cual descansa enteramente en la justicia imputada de Cristo. En la justificación, el hábito de fe infuso es pasivo, pero en la santificación es activo. Lo que Aquino confunde, Owen y los divinos de Westminster lo distinguen. Y aunque distinguen entre justificación y santificación, no por ello dejan de sostener que están inseparablemente unidas.

Los divinos de Westminster no fueron los únicos en afirmar estos conceptos, pues también el Sínodo de Dort (1618-19) los encomienda. En su refutación de los errores bajo el encabezado doctrinal que trata de la corrupción humana, el Sínodo rechazó a aquellos;

Que enseñan que en la verdadera conversión de los hombres y mujeres no pueden ser infundidas o vertidas nuevas cualidades, disposiciones o dones en su voluntad por Dios, y que, en efecto, la fe [o el creer] por la que llegamos por primera vez a la conversión y por la que recibimos el nombre de “creyentes” no es una cualidad o don infundido por Dios, sino tan solo un acto humano, el cual no puede llamarse don sino en lo que respecta al poder de alcanzar la fe.

Porque estas opiniones contradicen las Sagradas Escrituras, que testifican que Dios infunde o derrama en nuestros corazones las nuevas cualidades de la fe, la obediencia y la experiencia de su amor: “Pondré mi ley en sus mentes y la escribiré en sus corazones” (Jer. 31, 33); “Derramaré agua sobre la tierra sedienta y arroyos sobre la tierra seca; derramaré mi Espíritu sobre tu descendencia” (Is. 44, 3); “El amor de Dios ha sido derramado en nuestros corazones por el Espíritu Santo que nos ha sido dado” (Rom. 5, 5). También entran en conflicto con la práctica continua de la Iglesia, que ruega con el profeta: “Conviérteme, Señor, y seré convertido” (Jer. 31:18).6Cánones de Dort, III/IV, rechazo de errores VI)

Los beneficios de una recuperación matizada

John Owen, el Sínodo de Dort y los teólogos de Westminster emplearon las ideas de Aquino, pero no se limitaron solamente a reproducirlas. Distinguieron entre justificación y santificación y, por tanto, conservaron la idea de un hábito de justicia infuso para la santificación, pero la rechazaron para la justificación.

Pero, ¿en qué beneficia el concepto de hábito infuso? Owen señala dos beneficios importantes que el uso del concepto de hábitos infusos en la santificación aporta a la doctrina de la salvación.

En primer lugar, los hábitos infusos nos ayudan a distinguir entre la habilidad humana natural y aquellas habilidades dadas por la gracia de Dios en la salvación. Recordemos que los hábitos adquiridos se acrecientan en una persona por la repetición o, al contrario, disminuyen por el cese de la práctica del hábito, mientras que un hábito infuso procede de Dios por obra del Espíritu Santo. La participación en la naturaleza divina por la unión con Cristo es la fuente de toda verdadera santidad, según Owen.7John Owen, Pneumatologia (London: Nathaniel Ponder, 1674), 416. Así pues, al reconocer que la capacidad para la santidad y la justicia es infusa es otra forma de decir que es don de Dios.

En segundo lugar, el hábito infuso de la fe establece un contexto conceptual para una teología de la virtud. ¿Qué es la virtud? Las principales virtudes teologales son la fe, la esperanza y el amor. Owen observa que algunas personas pueden realizar actos virtuosos y deberes de obediencia a partir de sus propios hábitos naturales en lugar del hábito infuso de la gracia de Dios. Alguien podría dar limosna a los pobres, pero si la acción proviene de su propio hábito natural adquirido, entonces su motivación podría ser el yo, el mérito, la reputación, el elogio, la compensación, o una multitud de otras razones, a excepción del motivo apropiado, que es la gloria de Dios en Cristo.

La virtud, por tanto, debe surgir del poder y la obra internos del Espíritu (el hábito infuso), no de las capacidades naturales de una persona. Pero un hábito infuso puede ser preservado, aumentado, fortalecido y renovado.8Owen, Pneumatologia, 417. En otras palabras, haciendo eco de los conceptos bíblicos articulados por Aquino, la Confesión de Westminster sostiene que los santos pueden «crecer en gracia, perfeccionando la santidad en el temor de Dios» (13.3).9Véase Aquino, Summa Theologica, IaIIae 54.4.

Uno de los mayores beneficios de la recuperación de los hábitos infusos radica en la reaparición del concepto de virtud, un elemento antaño muy común en los planteamientos reformados de la santificación y la ética. Con el reciente rechazo moderno de los hábitos infusos por parte de Karl Barth (1886-1968), la ética de la virtud cayó en el olvido. Se prestó más atención a la ética del mandamiento y a la exposición de la ley de Dios. Debemos, por supuesto, exponer y entender la ley de Dios, pero no a expensas de entender cómo podemos practicar y crecer en la virtud. Dios no solo hizo un pacto con Abraham y un juramento auto-maledicatorio de cargar con las maldiciones en su favor y así salvarlo (Gn. 15), sino que también le dijo a Abraham: «Anda delante de mí, y sé irreprensible» (Gn. 17:1).

No a la teología de la cancelación

En la actualidad hay muchos en la Iglesia que se han dejado arrastrar por el método del mundo de «todo o nada». O haces todo bien hasta la más mínima jota y tilde, o todo lo que dices es sospechoso y erróneo. Esto lo podemos ver en la cultura de la cancelación, pero no podemos adoptar este tipo de enfoque en la teología. Ninguna persona es cien por ciento exacta en su teología. Incluso, como los pecadores redimidos que somos en nuestros mejores días, todavía malinterpretamos o tergiversamos involuntariamente la enseñanza de las Escrituras. Por ello, los teólogos reformados del pasado ejercían un principio ecléctico en el que adoptaban una postura teológica en la medida en que se ajustaba a las Escrituras y luego eliminaban lo que no encajaba.

Por tanto, no repitieron la doctrina de la salvación de Aquino, sino que conservaron los elementos que creían que seguían fielmente la enseñanza de las Escrituras. En este caso, rechazaron los hábitos infusos para la justificación, pero los conservaron para la santificación e incluso los incorporaron a su tradición confesional. Esto significa que tenemos mucho que aprender de los teólogos del pasado y, al igual que nuestros antecesores reformados, debemos estar dispuestos a acercarnos a estos teólogos, escucharles con humildad y ser instruidos por ellos. Esto no significa renunciar a nuestros compromisos con la sola Scriptura, ya que el «Espíritu Santo que habla en la Escritura» es el «juez supremo por el cual deben determinarse todas las controversias de religión, y deben examinarse todos los decretos de los concilios, opiniones de escritores antiguos, doctrinas de hombres y espíritus privados» (CFW 1.10). Sin embargo, al mismo tiempo, podemos tomar ideas eruditas de teólogos como los hábitos infusos de Aquino y utilizarlas para un gran beneficio, siempre y cuando regulemos estas ideas con las Escrituras, al igual que lo hicieron teólogos como Owen y los divinos de Dort y Westminster.

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Este artículo ha sido traducido con el permiso del Dr. J.V. Fesko y fue publicado originalmente Credo Magazine. Usted puede comprar los libros del Dr. Fesko aquí.

  • 1
    Tomás de Aquino, Summa Theologica (Allen, TX: Christian Classics, 1948), IaIIae 133.8.
  • 2
    Aquino, Summa Theologica, IIaIIae 4.1
  • 3
    Aquino, Summa Theologica, IaIIae, 52.1; 53.2.
  • 4
    John Owen, The Doctrine of Justification fy Faith Through the Imputation of the Rightouesness of Christ (London: R. Boulter, 1677),  82.
  • 5
    Todas las citas confesionales proceden de Jaroslav Pelikan y Valerie Hotchkiss, eds., 3 vols. (New Haven, CT: Yale University Press, 2003).
  • 6
    Cánones de Dort, III/IV, rechazo de errores VI)
  • 7
    John Owen, Pneumatologia (London: Nathaniel Ponder, 1674), 416.
  • 8
    Owen, Pneumatologia, 417.
  • 9
    Véase Aquino, Summa Theologica, IaIIae 54.4.

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