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Catolicismo Reformado

De acuerdo con el Evangelio de Juan, en el momento en que Jesús estaba en la cruz, dijo: «Tengo sed» (Juan 19:28). ¿Cuántos teólogos o estudiosos del Nuevo Testamento, después de haber leído estas palabras, han elaborado una doctrina denominada «La sed eterna Hijo»? ¿Cuántos han sugerido que la Segunda Persona de la Trinidad tuvo sed durante toda la eternidad pasada y tendrá sed durante toda la eternidad futura? Hasta donde sé, ningún teólogo lo ha hecho todavía, pero para ser honestos, todavía no he explorado todos los rincones de YouTube.

Los teólogos cristianos aparentemente son capaces de reconocer lo absurdo de una idea como la sed eterna. Nadie enseña la sed eterna del Hijo basándose en Juan 19:28. Del mismo modo, nadie enseña la siesta eterna del Hijo basándose en Mateo 8:24. Y nadie enseña el cansancio eterno del Hijo basándose en Juan 4:6. La mayoría de los teólogos cristianos entienden que este tipo de lenguaje se aplica a Cristo según su naturaleza humana y que no se le aplica según su naturaleza divina. Ellos correctamente distinguen entre sus dos naturalezas

El error de la subordinación eterna

Por desgracia, los mismos cristianos olvidan este principio básico cuando llegan a los pasajes que hablan de la obediencia de Jesús. Toman estos pasajes que hablan realmente de Cristo según su naturaleza humana y entonces trasladan esta obediencia y sumisión a su naturaleza divina. El resultado es la doctrina de la eterna subordinación del Hijo, una doctrina tan antibíblica y absurda como la doctrina de la sed eterna del Hijo.

La afirmación de la eterna subordinación, al igual que la doctrina de la eterna sed, contradice el trinitarismo bíblico ortodoxo tal como aparece expresado en lugares como el Credo Niceno-Constantinopolitano (381 d.C.) o la Confesión de Fe de Westminster, II.3 (1646). Asimismo, contradice la cristología bíblica ortodoxa expresada en lugares como la Definición de Calcedonia (451 d.C.).

De acuerdo a la doctrina bíblica y ortodoxa de la Trinidad, Dios es una ousia (sustancia, esencia) y tres hypostases (personas). Las tres personas son homoousios con las otras personas. Esto significa que cada una es verdadero Dios. Cada una tiene todas las propiedades esenciales de Dios, todos los atributos divinos. Ni el Hijo ni el Espíritu constituyen un menor grado de deidad. Los atributos divinos (propiedades esenciales) de poder, autoridad y voluntad, por ejemplo, son uno en Dios. No hay niveles de poder, o niveles de autoridad, o niveles de voluntad debido a que solamente hay un único Dios.

Las tres personas no se distinguen por estas propiedades esenciales. En cambio, se distinguen por sus propiedades personales. Así lo explica la Confesión de Westminster:

El Padre no es de nadie, ni engendrado ni procedente; el Hijo es eternamente engendrado del Padre; el Espíritu Santo procede eternamente del Padre y del Hijo.

En la encarnación, la Segunda Persona de la Trinidad, que sigue teniendo su naturaleza divina con todos sus atributos, asume una verdadera naturaleza humana (un verdadero cuerpo y alma humanos) con todos los atributos propios de la naturaleza humana. La Definición de Calcedonia expone de una forma útil la unión hipostática resultante. Vale la pena citar el penúltimo párrafo en su totalidad:

Nosotros, entonces, siguiendo a los santos padres, todos unánimes enseñamos que se ha de confesar a uno solo y el mismo Hijo, nuestro Señor Jesucristo, el mismo que es perfecto en deidad y el mismo que es perfecto en humanidad, verdadero Dios y verdadero hombre, el mismo con cuerpo y alma racional; consustancial con el Padre en cuanto a su naturaleza divina, y el mismo consustancial con nosotros en cuanto a su naturaleza humana; en todo semejante a nosotros, pero sin pecado; engendrado por el Padre en la eternidad en cuanto a su naturaleza divina, sin embargo en estos últimos días, este mismo, por nosotros y para nuestra salvación, [nacido] de María la virgen, la Theotokos, en cuanto a su naturaleza humana. Reconocemos a uno solo y el mismo Cristo, Hijo, Señor, Unigénito, en sus dos naturalezas: dos naturalezas sin mezcla ni confusión; sin cambio ni mutabilidad; sin división y sin separación. La unión de las dos naturalezas no destruye sus diferencias, sino que más bien las propiedades de cada naturaleza se preservan y concurren en una única persona y en una única subsistencia. Estas dos naturalezas no están de ningún modo partidas o divididas entre dos personas, sino que están en uno y el mismo Hijo, Unigénito, Dios Verbo, el Señor Jesucristo, como los profetas nos instruyeron desde el principio, como el mismo Señor Jesucristo nos enseñó, y como el credo de los padres nos lo ha legado.

El único Señor Jesucristo es verdaderamente Dios y verdaderamente hombre. Notemos que algunas cosas las afirmamos de Él según su naturaleza divina y otras según su naturaleza humana. Él es «consustancial con el Padre en cuanto a su naturaleza divina, y el mismo consustancial con nosotros en cuanto a su naturaleza humana». Él es «engendrado por el Padre en la eternidad en cuanto a su naturaleza divina, sin embargo en estos últimos días, este mismo, por nosotros y para nuestra salvación, [nacido] de María la virgen, la Theotokos, en cuanto a su naturaleza humana». Más aún, las propiedades de cada naturaleza se conservan. No se confunden ni cambian.

Propiedades divinas

Una de las propiedades de la naturaleza divina es la voluntad divina que pertenece por igual tanto al Padre como al Hijo y al Espíritu Santo, puesto que se trata de una sola voluntad. Una de las propiedades de la naturaleza humana de Cristo es su voluntad humana, su facultad volitiva. Cristo somete perfectamente su voluntad humana a la voluntad divina y obedece perfectamente la ley, pero es preciso distinguir la voluntad humana de la voluntad divina. Ambas pertenecen al Hijo, pero las propiedades de una naturaleza no se transfieren a la otra. No transferimos atributos de su naturaleza divina a su naturaleza humana. No decimos, por ejemplo, que su cuerpo humano es omnipresente. Sin embargo, tampoco transferimos atributos de su naturaleza humana a su naturaleza divina. No transferimos cosas como la sed, el cansancio o la obediencia a la naturaleza de Dios.

Si transferimos la obediencia que es propia de su voluntad humana a su voluntad divina, entonces negamos que el Hijo sea homoousios con el Padre. Si la voluntad divina del Hijo está subordinada a la voluntad divina del Padre, entonces hay una diferencia entre la voluntad del Padre y la del Hijo, una diferencia en una propiedad esencial de Dios, una diferencia en la ousia del Padre y la del Hijo. Esto significa que si la voluntad divina del Hijo está subordinada a la voluntad divina del Padre, el Hijo es necesariamente y por definición heteroousios con el Padre.

Sí, es cierto que en algunos pasajes bíblicos se habla de la obediencia y sumisión del Hijo al Padre, pero también hay pasajes bíblicos que hablan de la sed y cansancio del Hijo. Si podemos distinguir entre las naturalezas divina y humana de Cristo en un caso, sin duda podemos hacerlo en el otro, porque el caso de la eterna subordinación del Hijo no es en realidad muy diferente del caso de la eterna sed del Hijo.

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Este artículo ha sido traducido con permiso y fue publicado originalmente por el Dr. Keith Mathison en su blog personal, lo puede conocer aquí: www.keithmathison.org. Le invitamos a conocer los libros que ha escrito el Dr. Mathison aquí.

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